César Puntriano, socio senior del área de Derecho Laboral y Seguridad Social, explica hasta cuándo las empresas que presten servicios esenciales pueden comunicar a sus trabajadores, organización esencial y a la Autoridad Administrativa de Trabajo, el número y ocupación necesarios para el mantenimiento de estos servicios.
El Peruano, 11 de enero de 2021